¿Y ahora quién podrá defendernos?

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

¿Y ahora quién podrá defendernos?

En diciembre del año pasado, el Concejo Deliberante aprobó la creación de la Defensoría del Pueblo y del Ambiente. La norma nunca fue reglamentada. Ahora, oficialismo y oposición se cruzan por la validez o no del proceso. Lo más probable es que la última palabra la tenga la Justicia.

Texto: Luciano Peralta

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Ilustración: Diego Abu Arab

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El camino es largo. Aunque comienza antes, lo que nos importa es que en diciembre del 2022 el Concejo Deliberante aprobó la creación de la Defensoría del Pueblo y del Ambiente. Fue por mayoría. Positivamente votaron: Luis Castillo, autor del proyecto (Gualeguaychú entre Todos), Juan Ignacio Olano y Pablo Echandi (Juntos por el Cambio), Ignacio Farfán, Andrea Noguera, Selva Chesini y Sofía Ghiglione (PJ). Mientras que los concejales Juan Boari y Hernán Ayala (PJ) votaron negativamente y Pablo Fernández, Susana Villamonte y Exequiel Quinteros (PJ) se abstuvieron. La concejala Alejandra Leissa (JxC) no estuvo presente en la sesión.

El primero de los datos interesantes en términos políticos: un proyecto del monobloque vecinalista generó tres posturas diferentes dentro del bloque oficialista. Fueron dos votos negativos, tres abstenciones y cuatro positivos. Los suficientes para que la ordenanza sea aprobada.

Poco y nada se tocó el tema de la Defensoría del Pueblo hasta el martes 24 de octubre, dos días después que el oficialismo perdiera la intendencia a manos del actual intendente de Pueblo General Belgrano, Mauricio Davico. Ese día, mediante un documento que lleva la firma de la presidenta del Concejo Deliberante, Lorena Arrozogaray, y del secretario del cuerpo, Jorge Cuenca, se abrió la convocatoria para quienes desearan postularse al cargo.

Se inscribieron ocho mujeres y cuatro varones. Pero, tras el cierre de esta instancia, los bloques de Juntos por el Cambio y Gualeguaychú entre Todos presentaron una nota ante la titular del cuerpo legislativo local solicitando la nulidad del proceso iniciado, argumentando el incumplimiento de los plazos legales.

“Se abrirá por un período no inferior a quince (15) días un Registro para que la ciudadanía, por sí o a través de organizaciones no gubernamentales, hagan sus propuestas respecto de postulantes con antecedentes curriculares que las fundamenten”, expresa el Artículo 11 de la ordenanza, contemplado en el Capítulo IV “De su designación y funcionamiento”. Y ahí está el conflicto señalado: esos 15 días ¿son hábiles o corridos? Durante las últimas dos semanas de un lado y del otro del arco político local han manifestado mediáticamente sus posiciones respecto al tema: mientras la oposición sostiene que se está incumpliendo con la ordenanza, desde el oficialismo argumentan lo contrario.

¿QUÉ ES IMPORTANTE DE TODO ESTO?

Lo primero es la función de la Defensoría del Pueblo y del Ambiente (ver apartado). Lo segundo es el reposicionamiento ante el tema que la elección municipal del 22 de octubre generó dentro del oficialismo. Lo que hace un año era considerado una herramienta prescindible (cinco de nueve ediles oficialistas no votaron a favor), en la actualidad se convirtió en un factor de poder nada desaprovechable para un gobierno en retirada. Y la conformación del bloque mayoritario es determinante: la persona que sea elegida para estar al frente de la Defensoría del Pueblo y del Ambiente deberá sumar los dos tercios del Concejo Deliberante. Es decir, nueve votos de trece posibles. Hoy, el único bloque que puede reunir esos votos por sí solo es el oficialista, que tiene nueve bancas.

“Lo que hace un año era considerado una herramienta prescindible (cinco de nueve ediles oficialistas no votaron a favor), en la actualidad se convirtió en un factor de poder nada desaprovechable para un gobierno en retirada”

A partir del 10 de diciembre el oficialismo perderá cinco de esas bancas y con ellas la posibilidad de elegir un candidato propio. El reverso es la realidad opositora: hoy, entre ambos bloques, suman cuatro bancas, pero desde el año que viene, cuando sean oficialismo, JxC contará con la mayoría absoluta: siete lugares. Mientras que las dos bancas restantes corresponderán a La Libertad Avanza (LLA).

¿PARA QUÉ SIRVE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO?

La figura de Defensoría del Pueblo es parte de nuestra Constitución Nacional desde la reforma de 1994 y de la Constitución Provincial, desde la reforma de 2008, incorporada como un organismo unipersonal, autárquico e independiente. Aunque existe, y también deberá ser votada una persona para que ocupe ese cargo, la figura de un adjunto/a.

La única ciudad entrerriana que cuenta con esta figura es Paraná. De hecho, en el marco del tratamiento del proyecto, la defensora del pueblo de esa ciudad, Marcia López, y su adjunta, María Cecilia Pautasso, expusieron en Gualeguaychú.

Según la ordenanza aprobada, la Defensoría del Pueblo tendrá como función principal “proteger los derechos e intereses públicos de las personas de la comunidad, frente a los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública Municipal y sus agentes, organismos descentralizados, autárquicos, consorcios, cooperativas, entidades estatales y no estatales que desarrollen actividades públicas, empresas prestatarias de servicios públicos cualquiera sea su forma jurídica, como así también los provenientes de toda persona física vinculada a esas funciones, ante el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio, negligente, gravemente inconveniente o inoportuno de sus funciones en un marco de objetividad, imparcialidad y respeto”.

Como se evidencia, la norma otorga una amplitud importante para ejercitar el control de los actos de gobierno y de terceros encargados de actividades públicas. Aunque quedan exceptuados los organismos de jurisdicción nacional y provincial con actuación en la ciudad.

Sus funciones son muy amplias y van desde la recepción de quejas y reclamos hasta la supervisión del funcionamiento de los organismos y entes del Estado y de aquellos que cumplen actividades públicas, pasando por la prestación del servicio de mediación comunitaria para la resolución pacífica de los conflictos y la posibilidad de informar al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Deliberante de cualquier acto, hecho u omisión de la Administración Pública Provincial o Nacional.

DERECHITO A LA JUSTICIA

Luis Castillo, quien estará al frente de la Dirección de Cultura del próximo gobierno municipal, es el creador de la ordenanza. Y, más allá de los plazos para la presentación de las candidaturas (se discute si son 15 días hábiles o corridos, como vimos arriba), sostiene que “todo el proceso está viciado de nulidad” y argumenta, primeramente, que nunca fue tratado el reglamento procedimental, presentado el 15 de marzo de este año en la secretaría del Concejo Deliberante (Expediente 7320/2023) y que, consecuentemente, nunca se conformó la Comisión Evaluadora dispuesta en la norma. Lo que, según Castillo, invalida la convocatoria para la audiencia pública, donde debería elegirse la o el defensor del pueblo, y todo lo que vino después.

Según la norma, dicha Comisión Evaluadora debe estar conformada por: un/a representante de cada bloque, uno/a del Departamento Ejecutivo y uno/a en representación de las ONGs de la ciudad. Esta última no se definió hasta la semana pasada, cuando Castillo abandonó la reunión en el HCD y tras suyo lo hizo Juan Ignacio Olano (JxC).

“En el oficialismo confían en la legalidad de los pasos dados y sostienen la convocatoria de la audiencia pública del 24 de noviembre para elegir a la o el titular de la Defensoría del Pueblo y del Ambiente”

Así lo explicó el concejal: “vinieron dos personas en representación de sus propias ONGs, no de todas las ONGs, como determina la ordenanza”, además “en remplazo de Alfonsina Rodríguez (quien era la representante del Ejecutivo, pero dejó de serlo cuando pasó a ser postulante al cargo) estuvo (la concejala electa y actual secretaria de Hacienda) Delfina Herlax. Pero sin ninguna nota del Ejecutivo que formalizara su representación, así no se hacen las cosas”, se quejó Castillo y justificó su salida de la Comisión Evaluadora.

Desde el oficialismo, en tanto, reconocen que la ordenanza aprobada tiene un alto déficit en su técnica legislativa, lo que habilita demasiados grises e interpretaciones. Además, “no está reglamentada”, como explicó en declaraciones radiales la viceintendenta Lorena Arrozogaray. Lo que, al menos en principio, deja abiertas las puertas a la presentación judicial por parte de aquellas personas que entiendan que no fue respetado su derecho a postularse para ocupar el cargo.

De hecho, fue el propio Castillo quien alertó que se irá a la justicia de continuarse con el proceso. En el oficialismo, en tanto, confían en la legalidad de los pasos dados y sostienen la convocatoria de la audiencia pública del 24 de noviembre para elegir a la o el titular de la Defensoría del Pueblo y del Ambiente. Por ahora, resta esperar.